El
día de ayer 6 de Agosto del 2014, los pobladores de la comunidad de Barra
Vieja, Tela Atlántida, fueron objeto de un desalojo forzoso, involuntario, inmisericorde;
en el cual fueron lesionados sus derechos fundamentales, territoriales,
vitales, ancestrales y generacionales.
En
éste evento de carácter inhumanitario, debemos mencionar y hacer eco, que al
despojar a toda una comunidad de sus territorios, desarticulamos su vida
funcional, pero también la emocional, afectiva, sus relaciones sociales,
culturales, psicológicas y sobremanera,
esa relación tripartita que representa el territorio para los pueblos, su
origen, el sentido de la creación y su vinculación espiritual.
Despojar
a una comunidad de su tierra no solo conlleva dejar de estar en un espacio,
sino es desterrarlos de toda su cosmovisión, es romper el lazo de una vivencia
en armonía con su entorno y con el ambiente y la naturaleza, es desvincularla
en su esencia al sentido de su vida, derecho que tiene toda persona a tener.
Evento
que conlleva a lesionar la integridad de los miembros de cada una de las
familias afectadas y lo peor sin la esperanza de ser reubicados
en otro lugar.
Esto
refleja el carácter violento, impositivo
de ésta acción, que lesiona de forma directa la VIDA en su
integridad y el respeto a la persona
humana.
Sabiendo
que una de las principales causas de violaciones a los derechos humanos, que se
cometen con éste tipo de acciones, es la falta de respeto a su medio ambiente y
a las formas de vida, de cada uno de las personas afectadas, la ocupación
ilegal de sus territorios, esto reafirma
la aplicación de la doctrina de la
“Terra Nullium” lo que conlleva, sólo a amenazas, agresiones y otros tipos de
violaciones para intimidar.
Respetar
el derecho que tienen las personas a sus territorios, a sus tierras es
reconocer el derecho colectivo, el derecho intergeneracional y solidaridad,
derecho a los recursos naturales, la interdependencia, sostenibilidad de sus
familias, es reafirmar el derecho de protección de los derechos humanos.
Negarlos
es Proceder a una acción como la que se ha dado en la comunidad de Barra Vieja.
Una
vez más, el gobierno hace caso omiso, de ser protector, defensor de los
derechos de los pueblos, al ser firmante del convenio 169 de la OIT, siendo
éste un marco NORMATIVO Y VINVULANTE, de protección a los derechos de los
pueblos.
Concluyo
diciendo, la urgencia de un marco jurídico, que legisle en función del derecho colectivo en Honduras,
que analice y considere los derechos que
subyacen del derecho territorial, tales son: la participación, la información,
consulta, restitución, indemnización, conservación, protección y utilización de
las tierras…
Sin
olvidar que el territorio, “los espacios geográficos, constituyen el hábitat de
los pueblos y comunidades, indígenas, afro indígenas y originarios, a los
cuales han tenido tradicionalmente acceso y
donde mantienen y desarrollan sus propias vidas y formas de organización,
económica, social y cultural, de modo que aseguran su sobrevivencia y desarrollo. Son inalienables, indivisibles,
irreversibles, colectivas, compuestas por comunidades, inembargables e
imprescriptibles” (Ley TCO, 1997)
Como
ustedes mismos pueden constatar la foto describe, la situación de preocupación,
zozobra que viven los pobladores de la comunidad de Barra Vieja, ante la alarmante y desgarradora noticia del despojo
de sus tierras, ancestrales y patrimoniales.
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